Salte la navegación

Tag Archives: explotación sexual

Jorge Flores Fernández, de PantallasAmigasEl acoso sexual de menores en la Red no es algo frecuente. Sin embargo, es perfectamente factible y las consecuencias pueden ser devastadoras. Una vez iniciado el daño es irreparable. Por fortuna, es sencillo de evitar e incluso de contener en los primeros momentos.

Condición necesaria para el acecho sexual en la Red

Internet Grooming: diez claves para prevenirlo y afrontarloTodo caso de acecho sexual se hace posible porque el acosador dispone de un elemento de fuerza sobre la víctima que pone a ésta en el compromiso de atender las demandas del depredador. Este elemento puede ser de muy diversa naturaleza, si bien el más común es la posesión de alguna imagen íntima que el chantajista amenaza con hacer pública en caso de que no sean satisfechas sus peticiones de índole sexual. Estas solicitudes suelen consistir en el envío de imágenes eróticas por la webcam pero, si hay proximidad, puede llegar a solicitarse un encuentro personal con el grave riesgo que ello implica. En ocasiones, este elemento de fuerza no existe y es la pericia del acosador la que lo crea de manera ficticia y hace creer a su víctima en su existencia. Tanto adolescentes como personas adultas pueden ser víctimas de este tipo de chantaje, sin embargo existe mayor vulnerabilidad en los menores que se ven incapaces de gestionar esta complicada situación, lo que les sitúa a merced del acosador.

Conceptos: acoso sexual de menores online e Internet Grooming

El grooming es una forma en que se manifiesta el acoso sexual en la Red hacia los menores, pero no la única. Se puede hablar de grooming cuando se produce un acecho sexual donde previamente ha habido una estrategia de acercamiento, de engatusamiento, con el fin de ganarse la confianza del menor por parte del depredador sexual para así obtener ese elemento de fuerza con el que iniciar el chantaje. Sin embargo, en muchos casos el acecho sexual no se produce de esta manera, no hay una fase previa. Ocurre, por ejemplo, cuando el depredador accede a informaciones o imágenes de su víctima usando la fuerza (robo de contraseñas, por ejemplo) o valiéndose de terceras personas o medios alternativos. Aunque en este caso el enjuiciamiento no sería el mismo por la diferente naturaleza de las acciones previas, a efectos de la víctima nos sitúa prácticamente en el mismo lugar.

Hay que destacar el papel que tiene la webcam tanto para la obtención del elemento de fuerza como para la realización de concesiones al depredador por lo que debe ser considerada un componente crítico en estos casos y, por lo tanto, una condición necesaria.

Tres fases y diez claves para luchar contra el acoso sexual en la Red

Prevención: evitar la obtención del elemento de fuerza por parte del depredador.

Si se evita que el depredador obtenga el elemento de fuerza con el que iniciar el chantaje, el acoso es inviable. Para ello es recomendable:

  1. No proporcionar imágenes o informaciones comprometedoras (elemento de fuerza) a nadie ni situar las mismas accesibles a terceros. Se ha de pensar que algo sin importancia en un determinado ámbito o momento puede cobrarla en otro contexto.
  2. Evitar el robo de ese elemento de fuerza para lo cual se debe preservar la seguridad del equipo informático y la confidencialidad de las contraseñas.
  3. Mantener una actitud proactiva respecto a la privacidad lo que implica prestar atención permanente a este aspecto y, en especial, al manejo que las demás personas hacen de las imágenes e informaciones propias.

Afrontamiento: tomar conciencia de la realidad y magnitud de la situación.

Cuando se comienzan a recibir amenazas e intimidaciones es importante:

  1. No ceder al chantaje en ningún caso puesto que ello supone aumentar la posición de fuerza del chantajista dotándole de un mayor número de elementos como pueden ser nuevas imágenes o vídeos eróticos o pornográficos.
  2. Pedir ayuda. Se trata de una situación nueva y delicada que conlleva gran estrés emocional. Contar con el apoyo de una persona adulta de confianza es fundamental. Aportará serenidad y una perspectiva distinta.
  3. Evaluar la certeza de la posesión por parte del depredador de los elementos con los que se formula la amenaza y las posibilidades reales de que ésta se lleve a término así como las consecuencias para las partes. Mantener la cabeza fría es tan difícil como importante.
  4. Limitar la capacidad de acción del acosador. Puede que haya conseguido acceso al equipo o posea las claves personales. En previsión de ello:
    1. Realizar una revisión total para evitar el malware del equipo y cambiar luego las claves de acceso.
    2. Revisar y reducir las listas de contactos así como la configuración de las opciones de privacidad de las redes sociales.
    3. En ocasiones, puede ser acertado cambiar de perfil o incluso de ámbito de relación en la Red (bien sea una red social, un juego online multijugador…).

Intervención

Las situaciones de acecho sexual rara vez terminan por sí mismas, siendo habitual la reincidencia en el acoso incluso en momentos muy distantes en el tiempo. Es preciso no bajar la guardia y llegar hasta el final para lo cual es conveniente:

  1. Analizar en qué ilegalidades ha incurrido el acosador y cuáles pueden ser probadas. Puede ser inviable probar que el depredador dispone de ciertas imágenes o informaciones o que las ha hecho públicas. También puede ocurrir que no se pueda demostrar que esas imágenes fueron obtenidas por la fuerza o mediante engaño o incluso que se han recibido amenazas. Por todo ello conviene saber en qué ilícitos ha incurrido o incurre el depredador porque ello habilita la vía legal.
  2. Buscar y recopilar las pruebas de la actividad delictiva: capturas de pantalla, conversaciones, mensajes… todo aquello que pueda demostrar las acciones del depredador o dar pistas sobre su paradero o modo de actuar será de gran utilidad tanto a efectos de investigación como probatorios. Se debe tener presente no vulnerar la Ley en este recorrido.
  3. Formular una denuncia. Con un adecuado análisis de la situación y elementos de prueba que ayuden a la investigación el hecho ha de ser puesto en conocimiento de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado con independencia de que el acecho hubiera o no remitido.

Cada caso es diferente y la manera de abordarlo también. En determinadas circunstancias, incluso puede ser recomendable seguir la corriente del acosador para tratar de identificarle. En otras, la denuncia inmediata a la policía es la opción más razonable. No obstante, las anteriores son orientaciones que pueden funcionar bien en la mayoría de los casos y mientras la policía ofrece su asistencia.

Cibergrooming

¿De verdad quieres usar tu webcam?

Fuente: PantallasAmigas. Publicado previamente por Jorge Flores Sigue al director de PantallasAmigas en Twitter en UnBlogEnRed.es

twitter facebook Google Google Buzz Netvibes LinkedIn Menéame Latafanera Aupatu Debulla Enchílame Digg it del.icio.us Stumble It! Barrapunto Technorati Fresqui Blinkslist furl ma.gnolia simpy newsvine reddit fark TailRank

José Rafael Vargas secretario de Estado y presidente del Instituto Dominicano de las Telecomunicaciones (Indotel), pide un protocolo para defender a los menores dominicanos del grooming en Internet.

“Proponemos establecer un código de conducta, incluir información amigable para los niños y niñas en sus páginas Web, hojas de facturación y proporcionar todo tipo de apoyo posible a las escuelas públicas y privadas, centros de acceso público a las TIC y cibercafés, para la instalación de filtros y software de control que faciliten un uso sano y seguro de Internet para niños, niñas y adolescentes, de manera que junto trabajemos y encontremos la forma más efectiva de prevenir la utilización criminal de las tecnologías de la información por aquellos que buscan explotar a los niños y a las niñas”,

Vargas junto a la Comisión Nacional para la Sociedad de la Información y el Conocimiento (CNSIC) y el apoyo personalidades e instituciones dominicanas presentó la campaña “Internet Sano y Ético en la República Dominicana”, en esta ocasión dirigida a la región del Cibao.

La campaña “Internet Sano y Ético” busca contribuir a que los niños, niñas, jóvenes y adolescentes se “incorporen prácticas sanas y seguras para el uso del Internet, a la vez que adquieren herramientas para identificar, prevenir y defenderse de depredadores sexuales, de la explotación sexual comercial, de la pornografía, la violencia, el acoso cibernético, entre otros peligros.

Además, está orientada a “generar conocimiento entre niños, niñas, adolescentes, comunidades de padres, madres, tutores, profesores, profesoras y directores escolares, sobre la explotación sexual comercial de niños, niñas y adolescentes, la violencia, el acoso cibernético, entre otros peligros, a través del Internet, difundiendo información que concientice, prevenga y promueva la denuncia de víctimas de estos peligros”.

“Al hablar de riesgos, nos referimos a la pornografía, tráfico con propósitos sexuales, turismo sexual, acoso sexual (grooming), atentado sexual, abuso sexual, prostitución infantil, violencia, adicción a juegos de azar en línea, acoso cibernético entre otros”, expresó el doctor Vargas.

Fuente: elnuevodiario.com.do

Con la firma que el ministro de Justicia español ha estampado en el Convenio 201 del Consejo de Europa, contra la explotación y el abuso sexual infantil, el gobierno español da el visto bueno para incluir, tal como determina el convenio, nuevos delitos en el Código Penal .

Además de medidas de prevención o de investigación criminal, el convenio incluye también la tipificación como delitos de la prostitución infantil, la pornografía infantil y el ‘grooming’ con especial atención al uso de internet.

El ministro de Justicia español, Francisco Caamaño, ha explicado que en el caso español ya existe un anteproyecto de reforma del Código Penal aprobado para su remisión al Consejo de Ministros y que «será enviado al parlamento en los próximos meses».

En él «se refuerza», ha dicho Caamaño, la protección para los menores con la creación tanto de nuevos tipos delictivos como de circunstancias agravantes de las penas.

Por ejemplo, que existan nuevos delitos específicos para los abusos o agresiones sexuales a menores de trece años, o respecto a la captación de niños para que participen en espectáculos de naturaleza pornográfica, entre otros.

El ministro ha indicado que la sentencia del Tribunal de Justicia de las Comunidades Europeas sobre el caso de la niña italiana María Pupino ha sido tomada como una de las referencias para la reforma penal española.

Caamaño ha recordado que el Convenio 201 tuvo su origen en octubre de 2007 en una conferencia ministerial del Consejo de Europa en la isla canaria de Lanzarote -de ahí que sea conocido como Convenio de Lanzarote- y ha destacado el papel del Consejo de Europa «a la vanguardia jurídica de los derechos».

También ha expresado su deseo de que la conferencia internacional de Toledo dé una «respuesta integral» a los abusos a menores, cuya vulnerabilidad ante la pornografía «crece exponencialmente» con el desarrollo de las nuevas tecnologías.

A la par de los cambios legislativos, la secretaria general del Consejo de Europa también ha pedido que haya cambios en la sociedad civil para que sea «absolutamente inaceptable» cualquier abuso sexual a menores.

Fuente: telecinco.es